Componentes estructurales y ordenadores del funcionamiento institucional de la Cámara de los Diputados
><p align="justify"> El Congreso Nacional trabaja en periodos de tiempo propios y "Legislatura" es el período de 4 años en que el Congreso Nacional ejerce las atribuciones prescritas en la Constitución Federal.<p>
Cada legislatura es dividida, anualmente, en cuatro sesiones legislativas. Así, cada sesión legislativa ordinaria empieza el 15 de febrero, se interrumpe el 30 de junio, reiniciándose el 1er de agosto y encerrándose el 15 de diciembre.
El Reglamento Interno de la Cámara de los Diputados - RICD constituye importantísimo instrumento en el proceso de elaboración de las leyes del País. El RICD, en sentido general, es una ley con reglas y principios que se destinan a determinar la estructura, organización y funcionamiento de la Cámara de los Diputados y, en la condición de norma infraconstitucional, se sujeta a la Constitución.
La Mesa Directora tiene por atribución dirigir los trabajos legislativos y los servicios administrativos de la Casa. Es un órgano colegiado, integrado por siete Diputados electos entre los mismos parlamentarios de la Casa. La Mesa tiene competencias específicas, como, por ejemplo, la de promulgar, juntamente con la Mesa del Senado Federal, las enmiendas a la Constitución y también de proponer alteraciones al Reglamento Interno de la Casa. La Mesa tiene mandato de dos años.
El Presidente es el representante de la Cámara de los Diputados cuando ella se pronuncia colectivamente, y el supervisor de sus trabajos y de su orden. El cargo es privativo de brasileño nato. Su principal competencia es definir la pauta de proposiciones a ser deliberadas por el Pleno. Entre otras atribuciones, el Presidente de la Cámara de los Diputados sustituye el Presidente de la República e integra el Consejo de la República y el Consejo de Defensa Nacional.
A la Secretaría-General de la Mesa (SGM) le compete asesorar la Mesa en todos los trabajos legislativos y la Presidencia en el desempeño de sus atribuciones reglamentares y constitucionales; dirigir, coordinar y orientar todas las actividades legislativas de la Cámara de los Diputados, conforme está prescrito en la Constitución Federal y en el Reglamento Interno, además de acompañar y asesorar las sesiones plenarias y demás eventos de naturaleza técnico-política relacionados con las actividades legislativas.
El Pleno es el órgano máximo de deliberación de la Casa, donde los representantes del pueblo, reunidos en su totalidad, discuten y votan las diversas proposiciones en tramitación, para soberanamente cumplir la función constitucional conferida al Poder Legislativo de elaboración del ordenamiento jurídico y de fiscalización financiera y presupuestaria.
En las Comisiones, las propuestas son debatidas por grupos menores de Parlamentarios, buscando tornar viable profundizarse el debate y conferir mayor agilidad al proceso de votación, casi siempre cabiendo recurso, para que la materia sea sometida al análisis del Pleno. Las Comisiones pueden ser permanentes, temporarias o mixtas. Vale resaltar la Comisión de Legislación Participativa, pues es por medio de esa Comisión que la Cámara de los Diputados abre para la sociedad civil un portal de acceso al sistema de producción de las normas que integran el ordenamiento jurídico del País. Así, se permite que organizaciones civiles y empresas lleven directamente al Parlamento su percepción sobre los problemas, demandas y necesidades de la vida real y cotidiana brasileña.
Mayoría es el partido o bloque parlamentario integrado por la mayoría absoluta de los Diputados. Como el total de miembros de la Casa es 513, la Mayoría debe poseer 257 Diputados. Sin embargo, puesto que el sistema de Gobierno adoptado es presidencialista, se vuelve muy difícil la formación de un partido o bloque parlamentario con mayoría absoluta en la Casa. Por eso, el Reglamento Interno afirma que, si no hay asociación con tal composición, será considerado Mayoría el partido o bloque que poseer el mayor número de Diputados.
La Minoría es el mayor partido o bloque parlamentario en oposición al pensamiento de la Mayoría sobre el Gobierno Federal (Poder Ejecutivo). Así, si la Mayoría es favorable al Gobierno, la Minoría será el mayor partido entre aquellos contrarios al entendimiento del Gobierno.
Los Diputados, agrupados en sus representaciones partidarias o Bloques Parlamentarios, eligen sus Líderes que, entre otras atribuciones, encaminan las votaciones en las Comisiones y, en el Pleno, pueden hacer uso de la palabra, en cualquier tiempo de la sesión destinado al debate acerca de asunto de relevancia nacional, para defender una línea política determinada. Los Líderes también indican los Diputados para componer las Comisiones Técnicas y registran los candidatos para concurrir a los cargos de la Mesa Directora. El Presidente de la República podrá indicar Diputado para ejercer el Liderazgo del Gobierno, compuesta de un Líder y cinco Vicelíderes.
Órgano de discusión y de negociación política, el Colegio de Líderes es fundamental para el proceso legislativo, pues torna viable la conciliación entre los diferentes intereses de las categorías representadas en el Congreso Nacional. Composición: Líder de la Mayoría, Líder de la Minoría, Líder de los Partidos, Líder de los Bloques Parlamentarios y Líder del Gobierno.
Responsable por la defensa de la Cámara, de sus órganos y miembros delante de la sociedad, a causa del ejercicio del mandato o atribuciones institucionales, la Procuraduría Parlamentaria provee la defensa judicial y extrajudicial de la Casa, por medio de Abogado, Ministerio Público o Abogacia-General de la Unión, y también la amplia publicidad reparadora, con derecho de respuesta, derecho a indemnización por daño moral o material, en caso de que algún órgano de comunicación o de prensa vehicule materia ofensiva a la Casa o a sus miembros.
>Composición: 11 miembros, designados por el Presidente de la Cámara, con mandato de 2 años. La Procuraduría trabaja en colaboración con la Mesa.<p>
Después de electa, la Mesa designa cuatro de sus miembros efectivos para responsabilizarse, en el ejercicio del cargo de Corregidor y de Corregidores sustitutos, por la manutención del decoro, de la orden y de la disciplina en el ámbito de la Casa. El Corregidor preside investigación que envuelva Diputado.
El Consejo de Ética y Decoro Parlamentario de la Cámara de los Diputados es el órgano encargado del procedimiento disciplinario destinado a la aplicación de penalidades en casos de incumplimiento de las normas relativas al decoro parlamentario. Los trabajos del Consejo de Ética y Decoro Parlamentario son regidos por reglamento propio, que dispone acerca de los procedimientos a ser observados en el proceso disciplinario parlamentario, de acuerdo con el dispuesto en el Código de Ética y Decoro Parlamentario y en el Reglamento Interno de la Cámara de los Diputados. el Consejo, en casos de proceso disciplinar, actuará por medio de orientación de la Mesa. Cabe al Consejo, entre otras atribuciones, celar por la observancia de los preceptos éticos, cuidando la preservación de la dignidad parlamentaria; dictar el proceso disciplinario y proceder en todos los actos necesarios a su instrucción; contestar las consultas de la Mesa, de comisiones y de Diputados sobre materia de su competencia.
La Comisionadería Parlamentaria recibe, examina y encamina denuncias de personas físicas o jurídicas sobre irregularidades o ilegalidades practicadas en la Administración Pública. Tiene el deber de contestar a ciudadanos o entidades las cuestiones sobre providencias tomadas por la Cámara de los Diputados, además de encaminar las reclamaciones o representaciones al Ministerio Público, Tribunal de Cuentas de la Unión u otro órgano competente. Composición: 1 Comisionado-General y 2 Comisionados Sustitutos, designados por el Presidente de la Cámara, con mandato de 2 años, vedada la recondución. Las acciones de la Comisionadería Parlamentaria tienen amplia divulgación por los órganos de comunicación o de prensa de la Casa.
Con el objetivo de darle apoyo a los trabajos legislativos, la estructura funcional de la Cámara de los Diputados es compuesta por la Directoria-General, que trata del planeamiento, de la coordinación y del control de las actividades administrativas de la Casa, y es auxiliada por otras tres Directorias: la Administrativa, la de Recursos Humanos y la Legislativa. También integran la estructura administrativa de la institución nueve departamentos, tres centros, tres asesorías, dos secretarías y dos consultorías.
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